martes, 7 de junio de 2011

La consolidación de los estados financieros: finalidad y enfoques.

     El objeto de la consolidación es la formación de único balance, una única cuenta de resultados y unos únicos estados de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo que ofrezcan, junto con la memoria, una visión global del grupo como sujeto contable. Por ello se elaboran esas cuentas en base a unos criterios y técnicas para agrupar en un único conjunto de estados financieros toda la información referente a las cuentas individuales que elaboran cada una de las empresas que forman parte del grupo y que surgen como consecuencia de una combinación de negocios.


Con lo anteriormente mencionado, no se pretende sustituir unas cuentas por otras, sino que como ya se sabe, las cuentas consolidadas se elaboran a partir de las cuentas individuales de las sociedades que componen el grupo, además de que la legislación, obliga a cada una de las sociedades a elaborar sus propias cuentas individuales.
En lo que se refiera a la elaboración de unos estados contables consolidados referidos al grupo, ofrece una serie de ventajas a tener en cuenta, como son las siguientes:
  • Las cuentas individuales no muestran la imagen fiel del grupo, ya que normalmente existen transacciones internas realizadas entre las empresas del grupo que lo forman, cuyas consecuencias habrá que eliminar debido a que dichas transacciones no originan ni entrada ni salida de recursos del grupo. En definitiva, las cuentas consolidadas son las únicas que consiguen reflejar la imagen fiel del grupo.
  • En diversas ocasiones, se manipulan las transacciones y operaciones entre las empresas que conforman el grupo, o bien se realizan fuera de las condiciones de libre concurrencia, por lo que las cuentas consolidadas ofrecen una información libre de sesgos originados por esas operaciones internas.
  • Por otro lugar, la sociedad dominante en su balance individual no muestra todos los recursos económicos con los que cuenta el grupo, sino que aparece reflejado el importe de la inversión financiera en el capital de las sociedades participadas. Por medio de la elaboración de los estados financieros consolidados, se ofrece una información uniforme acerca de los negocios combinados, con independencia de la fórmula jurídica empleada para realizar la combinación de negocios.
A la vista de lo mencionado en el primer párrafo,  existen dos enfoques para la elaboración de las cuentas anuales consolidadas de un grupo de subordinación, aunque existen diversos autores que llegan a señalar la existencia de un tercer enfoque. Los enfoques teóricos fundamentales son uno económico y otro financiero:
  1. Enfoque de la entidad (económico)
Bajo este enfoque, se considera al grupo como una unidad independiente de la matriz, es decir, el grupo es la unidad económica y por tanto es el sujeto contable. En este supuesto, el objetivo de la información financiera consolidada no sería otro que mostrar la realidad económica subyacente a esta unidad. Uno de los problemas planteados por este enfoque, es el referente a la delimitación del concepto de control en su condición de determinador del sujeto de la consolidación, el grupo y por tanto la adaptación a la evolución observada en lo que respecta a la definición de las líneas de poder. El concepto de control queda regulado en el Art.42 del Código de Comercio, aunque el profesor Sixto Álvarez Melcón afirma que: “No existe un concepto de grupo que venga delimitado por algún aspecto tanto cualitativo como cuantitativo que lo califique”, aunque generalmente se acepte como condición de grupo la existencia de una sociedad dominante y unas sociedades dominadas o participadas.
En cualquier caso, el Código de comercio, en su Art.42, determina la existencia de control en los supuestos en la que una sociedad calificada como dominante se encuentre en las siguientes situaciones:
  • Posea la mayoría de los derechos de voto de la sociedad dominada.
  • Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
  • Haya designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración. En particular se presumirá tal circunstancia cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de dirección o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta.

      2.  Enfoque de la propiedad (financiero)

Se trata de un enfoque eminentemente financiero, en el que se considera que las cuentas consolidadas no son más que una mera prolongación de las individuales de de la sociedad matriz, siendo uno de los elementos fundamentales de este enfoque el “control legal”, ejercido por cualquiera de los cauces expuestos anteriormente y que recoge el art.42 del Código de Comercio. Este concepto de control legal, facilita la delimitación del sujeto contable que a diferencia del enfoque anterior, se concreta en una sociedad que para este supuesto, es “ampliada”. Por tanto, para este enfoque los estados financieros consolidados son como una continuación y ampliación de los estados financieros de la dominante. Desde esta perspectiva, cualquier financiación recibida por el grupo que no sea la aportación de los socios de la dominante, se considera como financiación ajena, por lo que las aportaciones de los socios externos en el capital de las participadas serán consideradas como un pasivo del grupo.
Ambos enfoques tienen mucha aceptación en la doctrina, incluso en las recientes Normas de Consolidación españolas se deja constancia de que dichas normas se encuentran basadas en el enfoque de la entidad. Por esta razón, las cuentas consolidadas se encuentran elaboradas conforme a este enfoque.
Hay que resaltar en todo caso que frente a la distinción realizada entre ambos enfoques, se tratan de conceptos eminentemente teóricos más que reales, ya que en la contabilidad real de los grupos, la alternativa contable a aplicar no lo fija el enfoque seguido, sino la normativa de consolidación. También cabe decir que todas las normativas poseen rasgos tanto del enfoque económico como del financiero, por lo que no existe ninguna normativa que siga un único enfoque puro.
En definitiva, los enfoques tienen una utilidad teórica, pero en la realidad práctica lo que prevalece es la normativa positiva, que indica en cada caso la alternativa contable a aplicar y conseguir que los estados financieros sean comparables.


  • Bibliografía y enlaces externos:
  1. Web del IASB
  2. NIIF 3: Combinaciones de negocios.
  3. Rodríguez Ariza, L (2003): Enfoques en la elaboración de la información consolidada.1º ed. Granada: Universidad de Granada

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